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La Asociación tiene la
denominación de ASOCIACION CIENTIFICA ESPAÑOLA DE APLICACIÓN DE
OXIGENO-OZONO TERAPIA.
Esta Asociación en su
constitución se acoge a lo establecido por la Ley Orgánica 1/2002, de 22
de Marzo, reguladora del derecho de Asociación, careciendo de ánimo de
lucro y definiéndose como apolítica.
La existencia de esta Asociación tienes como fines :
1. Promover, buscar y estudiar, así como contribuir al desarrollo
científico de la Oxigeno-Ozono terapia en las diversas facetas de la
medicina.
2. Fomentar y crear grupos de estudio, otorgar premios y concursos y
llevar a cabo publicaciones, con el fin de desarrollar su
actividad en
el plano científico, estudiando y desarrollando la disciplina de nuestra
denominación social.
3. Promover y realizar encuentros de carácter cultural sobre la
oxigeno-ozono terapia con otros países y con las instituciones
nacionales e internacionales, para conseguir finalidades análogas.
4. Organizar congresos y simposios nacionales e internacionales.
5. Conseguir de los países participantes y de los diversos organismos
acciones de protección y financiación de las diversas asociaciones
interesadas en el problema de la protección de la salud pública y
privada, que es también el fin de la oxigeno-ozono terapia.
6. Patrocinar las publicaciones de los profesionales científicos
relacionados íntimamente con nuestra materia.
7. Velar por la buena praxis de esta terapéutica.
Por ello, la Asociación adecua sus normas a las reglas
técnico-profesionales y consideraciones éticas y de buena práctica
clínica
establecidas por la 18ª Asamblea Médica Mundial, celebrada en
Helsinki (Finlandia) en Junio de 1.964, modificadas por las
establecidas
en la 29ª Asamblea Médica Mundial, celebrada en Tokio (Japón) en Octubre
de 1.975 ; las establecidas en la 35ª
Asamblea Médica Mundial celebrada
en Venecia (Italia) en Octubre de 1.983 y las de la 39ª Asamblea Médica
Mundial, celebrada
en Hong-Kong, en septiembre de 1.989, así como la
buena práctica médica establecida en la directiva de la CEE 91/507, en
el documento III/3976/88-EN Final, de 1 de Julio de 1.991.
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